BENEFICIOS FISCALES

Si eres una persona particular:
Todos los donativos aportados a la Fundación disfrutan de la desgravación fiscal (IRPF) en función de la cantidad dada y del período:

  • Para los primeros 150 € el 80% de deducción.
  • A partir de 150 € el 35% de deducción que exceda a los primeros 150 €.
  • La fidelidad tiene ventajas: si hace más de 3 años que colaboras con nosotros con una cantidad siempre igual o superior, te desgravarás un 40% sobre el exceso de más de 150 €
  • Para poder certificar estos donativos, es necesario que nos indiques sus datos personales y tu NIF.

Si eres una empresa o entidad jurídica:

  • Como empresa te podrás deducir el impuesto de sociedades al 35% de la aportación que hayas hecho en la Fundación.
  • En el caso de que la contribución como empresa haya sido constante en los tres últimos años fiscales (con un importe mayor de 150 €), podrás deducir el impuesto de sociedades el 40% de la aportación que hayas hecho en la Fundación.

Información válida para el total de aportaciones a entidades benéficas. Esta mejora fiscal no se aplica a País Vasco ni en Navarra.El límite de la deducción sobre la base liquidable se mantiene en el 10%.Artículo 19 (Deducción de la cuota del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) del Real Decreto-ley 17/2020, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.