El Real Decreto-ley 17/2020, de 5 de mayo publicado en el BOE de 6 de mayo de 2020 incluye una modificación del artículo 19 de la Ley 49/2002 que incrementa en cinco puntos porcentuales las deducciones por donaciones a ONG.
Los nuevos porcentajes de deducción se aplican desde 1 de enero de 2020 a las donaciones a entidades acogidas a la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos al mecenazgo:
- Deducción del 80% para los primeros 150 euros €.
- A partir de ese importe, es decir, para el importe donado por encima de los primeros 150 €:
- Deducción del 35%.
- Deducción del 40% si se trata de donaciones periódicas realizadas durante al menos tres años a la misma entidad por un importe igual o superior.
Los porcentajes de deducción se han incrementado para las donaciones realizadas por contribuyentes de IRPF y por contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de No Residentes que operen en territorio español sin establecimiento permanente.
Consulta el resto de deducciones fiscales para personas jurídicas en el Impuesto de Sociedades.