¿Quieres hacer una aportación económica anuestro fondo de solidaridad?
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Transferència
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Si realiza una transferencia bancaria, nos debe hacer llegar sus datos fiscales al correo info@acciosolidaria.cat para poder aplicar las desgravaciones correspondientes.
cuentas bancarias de ASCA
BBVA: ES60 0182 0205 9702 0156 0867
La Caixa: ES37 2100 0933 49 0200061375
Caixa d’Enginyers: ES25 3025 0002 42 1521652660
Te puedes desgravar el 75% de los primeros 150 € de aportación, a partir de esta cifra, el 30%. Si hace más de 3 años que contribuyes a Acción Solidaria Contra el Paro, este último tramo se incrementa al 35%. Incluir los datos fiscales para la desgravación.
Si eres una persona particular:
Todos los donativos aportados a la Fundación disfrutan de la desgravación fiscal (IRPF) en función de la cantidad dada y del período:
- Por los primeros 150 € el 80% de deducción.
- A partir de 150 € el 35% de deducción que exceda a los primeros 150 €.
- La fidelidad tiene ventajas: si hace más de 3 años que colaboras con nosotros con una cantidad siempre igual o superior, te desgravaràs un 40% sobre el exceso de más de 150 €
- Para poder certificar estos donativos, es necesario que nos indiques sus datos personales y tu NIF.
Información válida para el total de aportaciones a entidades benéficas. Esta mejora fiscal no se aplica a País Vasco ni a Navarra.El límite de la deducción sobre la base liquidable se mantiene en el 10% .Artículo 19 (Deducción de la cuota del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) del Real Decreto-ley 17/2020, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.
- Como empresa te podrás deducir el impuesto de sociedades al 35% de la aportación que hayas hecho en la Fundación.
- En caso de que la contribución como empresa haya sido constante en los tres últimos años fiscales (con un importe mayor de 150 €), podrás deducir el impuesto de sociedades el 40% de la aportación que hayas hecho en la Fundación.
Información válida para el total de aportaciones a entidades benéficas. Esta mejora fiscal no se aplica a País Vasco ni a Navarra.El límite de la deducción sobre la base liquidable se mantiene en el 10% .Artículo 19 (Deducción de la cuota del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) del Real Decreto-ley 17/2020, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.